Protección Civil

E X P O S I C I O N D E M O T I V O S
1. En la Sesión Ordinaria de Ayuntamiento celebrada el día 30 tres de Octubre del año 2015 dos mil quince, , se turnó a las comisiones Edilicias Permanentes REGLAMENTO MUNICIPAL DE BOMBEROS Y PROTECCIÓN CIVIL DE AYUTLA, JALISCO.
2. Es indudable que en toda sociedad los actos humanos, premeditados o fortuitos y los propios de la naturaleza se hagan presentes causando una serie de trastornos que puedan perturbar la paz pública y la seguridad de sus habitantes, por ello los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal se deben organizar a fin de hacer frente a todo este tipo de contingencias, respetando ante todo el límite de sus competencias.
3. La población de este municipio no está exenta de sufrir los estragos de una eventualidad o desastre, de allí que precise de un cuerpo altamente capacitado para que haciendo frente a posibles siniestros y desastres logre mediante la aplicación de medidas y acciones perfectamente coordinadas salvaguardar la vida de las personas, sus bienes y el aseguramiento en la prestación de los servicios públicos y privados posiblemente afectados con motivo del infausto.
4. Conscientes de la existencia de eventos que puedan representar un alto riesgo en los cuales algún miembro de la población pueda sufrir cualquier daño violento en su integridad física e incluso la sociedad misma pueda experimentar pérdidas humanas o materiales a causa de tales eventos, es indispensable llevar a cabo acciones tendientes a identificar y controlar los riesgos que puedan tener un impacto destructivo sobre la población y sus bienes, los servicios públicos, la planta productiva y el medio ambiente.
5. De este modo todas las acciones destinadas primordialmente a prevenir, rescatar y salvaguardar la integridad física de las personas, sus bienes y el medio ambiente es tarea fundamental de la Unidad de Protección Civil. Sin embargo la existencia de algunas instituciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales que gozan de personal, conocimientos y equipos necesarios, son en algunos casos, un complemento indispensable en las tareas de salvaguarda de la vida y bienes de la comunidad de Ayutla en los casos de desastre.
6. Por tanto, los fenómenos Geológicos, Hidrometeorológicos, químico-tecnológico, sanitario-ecológico y socio-organizativo son focos de atención primordial considerados como agentes destructivos y que ponen, sin duda alguna, en riesgo a esta comunidad y que dada su aparición intempestiva obliga a instrumentar un programa de acciones en caso de contingencias o emergencias para mitigar los daños que puedan ocasionar tales imprevistos.
7. Así, la necesidad de regular los factores que previsiblemente puedan ocasionar daño a la comunidad en general dan pie a ejecutar las medidas de seguridad que la propia Unidad de Protección Civil determine ya en forma previa al siniestro, de ser ello posible o una vez presente la contingencia. Las empresas, ya sean de industria, comercio o servicios son por su rubro entidades susceptibles de verse afectadas por siniestros por lo que deberán contar obligatoriamente con capacitación propia en materia de prevención y atención a riesgos.


Reglamento Municipal de la Unidad de Protección Civil y Bomberos de Ayutla, Jalisco  
Sin embargo en lugares públicos, en el hogar o hasta en el propio trabajo se puede ser presa de un siniestro o desastre que puede afectar la vida de las personas, sus bienes, los servicios públicos o privados sin aviso previo por lo cual es indispensable organizar y regular la protección civil en nuestro municipio.
8. En consecuencia resulta atribución de este Ayuntamiento aprobar, publicar y ejecutar el Programa Municipal de Protección Civil y los programas institucionales que se deriven, sin que por ello se descuide la promoción, capacitación, información y asesoría a las asociaciones de vecinos mediante la elaboración de programas específicos integrando las unidades internas de protección civil. En consecuencia es sumamente necesario unificar esfuerzos con los organismos auxiliares y de participación social, como lo son los grupos voluntarios, las asociaciones de vecinos y las unidades internas de protección civil.
9. En tal sentido, de forma integral se establece el Sistema Municipal de Protección Civil que tendrá como función, promover los objetivos generales y específicos del Sistema Estatal de Protección Civil, cumpliendo con ello el respeto a los esquemas organizacionales que al efecto establece la Ley de Protección Civil del Estado y que se integrara por un conjunto de órganos, cuyo objetivo principal será la protección de las personas, sus bienes y entorno ante la eventualidad de siniestros y desastres, a través de acciones de planeación, administración y operación estructurados mediante normas, métodos y procedimientos establecidos por la Administración Publica Municipal.
10. Se debe precisar que la operatividad en casos de contingencia en Ayutla se basa en los Programas de Protección Civil, así como los subprogramas, que contienen los de prevención, de auxilio y de restablecimiento, programas institucionales específicos y operativos anuales y mediante ellos se integran políticas, estrategias y lineamientos específicos de protección civil aplicables a un territorio.

12. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77, fracción II y 86 párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado de Jalisco;, artículos 37 fracción VII, 40 fracción II, 41 fracción I, II, III, y IV, 42 fracción VI; 44, 50 fracción I, de la Ley del Gobierno ; artículos 1, 2, 3, 10 fracción II, IV, y VI, 11, fracción VIII, y IX, 12, 13, 20, fracción III, 21 fracción V, 22, 24 fracción VIII, 42, 48, 49, 50, 54, 57, 58, 67, 68, 71, 75, 77, 78, 81 fracción III, 83, 90 y 95 de la Ley de Protección Civil del Estado; y articulo ¿ del Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Ayuntamiento de Ayutla y demás Ordenamientos aplicables, se presenta esta iniciativa de Reglamento Municipal de Protección Civil de Ayutla, Jalisco,

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